Asesor inmobiliario en Madrid José Carlos Padrino
conseguir plano vivienda
¿Cómo conseguir los planos de una vivienda?
5 febrero, 2021
Qué reformas desgravan en el IRPF
¿Qué reformas desgravan en la declaración de la renta?
26 marzo, 2021

¿Es obligatorio el seguro de hogar en un alquiler?

seguro de hogar en un alquiler

En los últimos años el mercado del alquiler en Madrid ha crecido notablemente debido al alto precio de la vivienda y a que la financiación se ha vuelto más selectiva.

En España no es obligatorio contratar un seguro de hogar para asegurar una vivienda alquilada, excepto si está hipotecada, en este caso es preceptivo disponer de la cobertura de incendio.

Contar con un buen seguro de hogar para proteger a la vivienda alquilada es siempre beneficioso para el arrendador y el arrendatario.

¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos?

La verdad es que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no establece la obligatoriedad de contratar un seguro de hogar para una vivienda alquilada.

Lo que sí indica, es la libertad de las partes para pactar que los gastos para el sostenimiento del inmueble que correspondan a la vivienda arrendada, sean a cargo del arrendatario (art. 20).

Tampoco es exigible al inquilino la contratación de un seguro, ni tampoco se le puede forzar al pago del que pueda haber suscrito el propietario.

Aunque un inquilino no esté obligado a suscribir un seguro de hogar, sí que puede ahorrarse disgustos si lo hace por el contenido, es decir, sus posesiones y objetos personales de valor.

Por ejemplo, es recomendable que un inquilino tenga un seguro de hogar que cubra sus pertenencias y objetos de valor en caso de robo en la vivienda alquilada.

¿Quién paga el seguro de hogar en un alquiler?

En el caso de una vivienda alquilada, las necesidades del propietario y del inquilino no son las mismas.

En este sentido, las coberturas del seguro son más necesarias unas que otras, dependiendo de las responsabilidades de ambas partes sobre la vivienda alquilada.

Lo cierto es que ambos deberían de pagarlo, ya que tanto arrendador como arrendatario, se benefician si contratan su propio seguro con las coberturas que más les conviene.

Sin duda, contar con una póliza de hogar es una inversión rentable y segura para el inquilino y el propietario, si se compara con los gastos que puede ocasionar un siniestro.

seguro de hogar vivienda alquilada

Beneficios para el inquilino si contrata un seguro de hogar

El inquilino que vive en una vivienda se arriesga a que el seguro de hogar del casero no cubra cualquier tipo de riesgo.

El inquilino no tiene obligación de tener un seguro de hogar, pero es recomendable que lo contrate para proteger el contenido, es decir, sus pertenencias.

Lo más normal cuando se produce un robo en una vivienda alquilada es que los bienes sustraídos sean del propio inquilino.

Si el inquilino tiene un seguro que protege el contenido, tiene derecho a una indemnización hasta los límites establecidos para los siniestros en caso de robo.

Sin embargo, si el inquilino no tiene contratado un seguro para el contenido y el seguro del propietario solo protege al continente, el valor de los bienes robados no está cubierto.

También es importante que el inquilino tenga la cobertura de responsabilidad civil para cubrir cualquier daño causado a terceros provocado por un uso indebido en la vivienda alquilada.

Por ejemplo, un grifo mal cerrado que provoque humedades o un despiste en la cocina que termine en un incendio.

Si el inquilino no contrata un seguro propio de responsabilidad civil se le puede reclamar una indemnización para cubrir los gastos ocasionados por el siniestro.

Beneficios para el casero si contrata un seguro de hogar

Normalmente el seguro que suelen tener los propietarios que alquilan una vivienda cubre la responsabilidad civil y el continente, pero no el contenido de la misma.

Es importante que el arrendador contrate un seguro de responsabilidad civil para protegerse frente a los posibles daños a terceros no causados por el inquilino.

Por ejemplo, la rotura de tuberías, un cortocircuito y otros similares, de esta forma el propietario evita asumir los gastos ocasionados por estos siniestros.

Además, los siniestros que se produzcan en la vivienda alquilada que afecten a otras colindantes y no sean ocasionados por un mal uso del inquilino, están cubiertos.

El propietario, para su tranquilidad, es el primer interesado en asegurar el continente de la vivienda, es decir los elementos estructurales y constructivos de la vivienda.

En este caso, si se produce un incendio o una inundación, los daños estructurales que se ocasionen en la vivienda están cubiertos.

Conclusiones

Para que el propietario y el inquilino vivan con tranquilidad, lo ideal es que cada una de las partes contrate un seguro de hogar con las coberturas requeridas para cada caso.

Las ventajas que aporta la contratación de un seguro de hogar son evidentes.

El propietario de una vivienda en alquiler está más tranquilo frente a los daños que le pueda causar el inquilino o que se puedan causar a los vecinos.

El inquilino protege sus bienes y objetos de valor que tenga en el interior de la vivienda.

Existe una amplia y variada oferta en el mercado de los seguros de hogar, con un amplio abanico de posibilidades que se adaptan a cada necesidad y bolsillo.

Si necesitas vender o alquilar tu casa, llámame, estaré encantado de atenderte. 

Facebooktwitterpinterestlinkedinmail
José Carlos Padrino
José Carlos Padrino
Soy asesor inmobiliario en Madrid. Ayudo a personas como tú a vender, alquilar o comprar sus casas con seguridad y comodidad. Si quieres que me encargue de todo para que no te preocupes de nada, llámame ahora mismo. Puedes ver aquí más información de mis servicios.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

error: El contenido esta protegido !!